A partir del 1 de enero de 2024, entrará en vigor la nueva normativa de circulación de vehículos en Madrid, que restringirá el acceso al centro de la ciudad a los coches más contaminantes. Esta medida tiene como objetivo mejorar la calidad del aire y reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

Los vehículos que podrán circular por el centro de Madrid serán los que tengan el distintivo ambiental de la DGT (Dirección General de Tráfico), que clasifica a los coches según su nivel de emisiones. Estos distintivos son:

  • Los vehículos con etiqueta ECO o 0 de la DGT, que son los que tienen bajas o nulas emisiones, como los eléctricos, los híbridos enchufables o los de gas natural. Estos vehículos tendrán acceso libre a las zonas de bajas emisiones (ZBE) y podrán estacionar en el servicio de estacionamiento regulado (SER) sin limitaciones.
  • Los vehículos con etiqueta C de la DGT, que son los que tienen emisiones medias, como los de gasolina matriculados a partir de 2006 y los diésel matriculados a partir de 2014. Estos vehículos podrán circular por las ZBE, pero no podrán estacionar en el SER dentro de la zona de bajas emisiones de especial protección distrito centro, el antiguo Madrid Central.
  • Los vehículos con etiqueta B de la DGT, que son los que tienen emisiones altas, como los de gasolina matriculados entre 2000 y 2005 y los diésel matriculados entre 2006 y 2013. Estos vehículos no podrán acceder ni circular por las ZBE a partir del 1 de enero de 2024, salvo que sean invitados por un residente por un tiempo máximo de 20 minutos.
  • Los vehículos sin etiqueta o con etiqueta A, que son los más antiguos y contaminantes, como los de gasolina anteriores al año 2000 y los diésel anteriores al año 2006. Estos vehículos tendrán prohibido circular por el interior de la M-30 a partir del 1 de enero de 2025, independientemente de si están empadronados o no en Madrid. Solo podrán acceder los vehículos adaptados para personas con movilidad reducida, los históricos y los de emergencias o Fuerzas Armadas.

El centro de Madrid se convertirá en una zona de bajas emisiones (ZBE), que abarcará el área delimitada por la M-30. Dentro de esta zona, solo podrán circular los vehículos autorizados y los residentes, que tendrán un periodo de adaptación hasta el 31 de diciembre de 2024. Los visitantes deberán aparcar en los estacionamientos disuasorios situados fuera de la ZBE.

La ZBE de Madrid se suma a otras que ya existen en otras ciudades españolas, como Barcelona, Valencia o Granada. El objetivo es cumplir con los compromisos adquiridos por España en el marco del Acuerdo de París sobre el cambio climático.

Los conductores que incumplan la normativa se enfrentarán a multas que pueden ir desde los 90 euros hasta los 450 euros, dependiendo de la gravedad de la infracción. Además, se prevé la retirada del permiso de circulación a los vehículos más contaminantes que no se adapten a la normativa.