Artículo de Opinión: Eduardo Romero

Hace ya algo más de un año, el capricho de un millonario, saltó las alarmas de las autoridades alemanas. Un individuo, tras adquirir un superpotente Bugatti Chiron, y para corroborar que no había sido víctima de engaño comercial, decidió poner a prueba su compra alcanzando la escalofriante velocidad de 417km/h con su bólido en una Autobahn. Acto seguido “consagró su proeza” subiendo a las redes sociales el video, que se hizo viral. Preocupado por la provocación de un posible efecto llamada, el Estado decidió actuar con sensatez germánica y lanzó un “aviso a navegantes” sobre las consecuencias de malversar las bondades de su “bienestar social”, evitando que tal prosperidad se pervirtiera y acabase en tragedia.

Yo me preguntaba cómo comenzar una reflexión sobre la Nueva Ley de Vivienda aprobada en el Congreso de los Diputados el 27 de abril de 2.023, y tú, querido lector, te estarás preguntando qué tiene eso que ver con dicha propuesta de reforma legislativa que ahora pasará al Senado para su revisión y aprobación definitiva. Pues bien, como esa fecha evoca en mí un recuerdo entrañable relacionado con el mundo del automóvil, que es una de mis pasiones, al igual que mi oficio, me ha venido a la mente, enfocar estas líneas con un shock muy visual que provoque de igual modo tu cavilación.

En este caso, y en mi humilde opinión, es el Estado Español, o más bien sus gobernantes, quienes provocan, con su capricho de “okupas” de salón y otra fauna subvencionada, un ya más que posible y peligroso efecto llamada, incluso internacional, con flagrante retorcimiento de la legislación, para fomentar una nueva forma de “colaboración forzosa” público-privada que asuma la responsabilidad de dotar a toda persona del derecho a vivienda recogido en nuestra Carta Magna, supuestamente vulnerada por España, según denuncia un Comité de Naciones Unidas.

La novedosa propuesta legislativa, reconoce en la “okupación” un método válido como solución habitacional para personas y colectivos vulnerables, que pueden alargar de este modo la agonía de un esclavizado propietario, quien tiene que tragar con un prolongamiento del proceso de desahucio mientras soporta todos los gastos que le conlleva el mismo, pese a haber sido víctima de una ocupación no consentida. No sabría si calificar la propuesta como prevaricación, pero, lo cierto es que esta especie de “barra libre”, que constituye en sí la efectiva carga de la responsabilidad de la Administración sobre el propietario privado, supone, cuando menos una política de “desfomento” de la propiedad. La frustración provocada porque además de ser privado de un mínimo de seguridad jurídica, se ve agravada por la carga y esfuerzo de la prueba que son colocadas sobre el techo de la auténtica víctima, lo que en términos técnicos se podría referir como una sobrecarga de uso y podría derivar en el colapso economía y de la propia política social. Se atisba una demonización de la propiedad, y la equiparación forzosa de quien se esfuerza o sacrifica, con quien tiene, en último caso, una falta de recursos, que, sin ser objeto de cuestionamiento, desde luego no corresponde con una obligación del propietario, y mucho menos para suplir la desidia de una Administración que, pese a llenarse la boca de palabras demagógicas, no actúa responsable ni planificadamente, pues, cuando menos, no ha puesto en marcha una política de vivienda social eficaz, o tal vez no lo haya hecho con el mismo ímpetu empleado en abrir viejas heridas, o discriminar positivamente situaciones que tal vez no fuesen igual de prioritarias que la de atender la responsabilidad de la Administración sobre los Derechos Fundamentales.

Cuando al Gobierno le interesa, promulga la usurpación de la responsabilidad social por parte de la iniciativa privada, coartándola, y cuando se trata de defender los ingresos confiscatorios de la propia Administración, refuerza la capacidad ejecutiva de la Agencia Tributaria o la Seguridad Social, en un claro ejercicio de “dobleraserismo”. La nueva Ley de Vivienda cambia los requisitos y los procedimientos para procesos de okupaciones que afecten a personas que son consideradas como vulnerables cuando el importe de vivienda más suministros supere el 30% de los ingresos familiares, o cuando estos no superen 3 veces el IPREM, es decir, 1.800 euros al mes, una cifra que varía si hay menores o dependientes a cargo. Como grandes afecciones de la nueva ley de vivienda, se modifica la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, y se establecen nuevos requisitos para que los propietarios puedan iniciar el desahucio, ya que deben acreditar si el inmueble okupado constituye vivienda habitual del okupa, confesar si es un gran tenedor por poseer 10 o más inmuebles de uso residencial y demostrar que previamente ha intentado resolver el conflicto a través de conciliación.

Todo esto nos debería llevar a la triste conclusión de que terceros de buena fe pagamos la fiesta de la demolición de presas y promoción de legislaciones que ahuyentan de España al Capital, sintiendo cierto grado de estupidez por haber dedicado nuestro tiempo y esfuerzo a estudiar y trabajar, cuando podíamos haber disfrutado cómodamente del todo gratis. Es, tristemente, la consumación de una realidad distópica que versiona, con banda sonora de terror, la fábula de la cigarra y la hormiga, colgando el cartel de SPAIN ANYTHING FREE, mientras alguno nos preguntamos hasta cuándo será sostenible la situación o hasta dónde alcanzará la paciencia.

RE-SKY / Eduardo Romero